Es la idoneidad que reconoce la Superintendencia de Seguros y Reaseguros para ejercer la función de corredor de seguros.
Son todas aquellas condiciones que no se aceptan como válidas para hacer efectivos los derechos que confiere la póliza, por determinado período de tiempo.
Acción y efecto de ajustar formalmente una reclamación de siniestro. Consiste efectuar el inventario de los perjuicios soportados para su valoración, teniendo en cuenta la modalidad de protección contratada y las condiciones particulares, generales y especiales de la póliza. Se determina como: Valor reclamado – Participación del asegurado – Retenciones (en la Fuente del ITBMS) – Descuentos financieros o por pronto pago.
Dirección y ciudad en donde se ubica un bien.
Barrio y ciudad del lugar en donde ocurrió el siniestro.