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Seguro de Negocio Protegido

En SURA sabemos que ser empresario implica grandes retos, por esta razón queremos ser tu aliado a través de nuestro seguro Negocio Protegido, el cual te respaldará financieramente
para garantizar el futuro de tu negocio.

#NegocioProtegido#SegurosEmpresariales

¿Qué es un Seguro de Negocio Protegido?

Pensando en el bienestar y en la protección de nuestros clientes, un Seguro de Negocio Protegido garantiza el crecimiento de tu empresa sin importar la complejidad de imprevistos que comprometan su estabilidad.

 

En Seguros SURA buscamos conservar tus finanzas frente a los daños que se presenten tanto dentro como fuera de tu negocio, en especial si eres responsable de ellos y han perjudicado las labores de terceros, bien sea colaboradores o personas externas.

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En qué Consiste Seguro de Negocio Protegido - Seguros SURA
Beneficio Protege tu Inversión-seguro de Negocio Protegido - Seguro SURA
Beneficios de un Seguro de Negocio Protegido
Protege tu inversión

Protegemos tus finanzas frente a los riesgos que impactan la estabilidad de tu negocio, superando situaciones de emergencia como desastres naturales, robos o impactos de vehículos, brindándote asistencia las 24 horas del día.

Beneficio una Solución Completa Seguro de Negocio - Seguros SURA
Beneficios de un Seguro de Negocio Protegido
Una solución completa

Te ofrecemos un seguro con amplia cobertura, incluyendo espacios colaborativos, mentorías y red de conexiones para compartir conocimiento sobre la gestión de riesgos en tus actividades empresariales.

Beneficio Proyección Seguro de Negocio Protegido- Seguros SURA
Beneficios de un Seguro de Negocio Protegido
Proyección

Con nuestro Seguro de Negocio Protegido obtén asesorías personalizadas en temas de talento humano, mercadeo, finanzas, legal y tecnología a través de Empresas SURA.

¿Qué cubre un Seguro de Negocio Protegido?

  • Incendio.
  • Robo.
  • Fidelidad.
  • Responsabilidad civil.
  • Equipo electrónico.
  • Transporte.
  • Rotura de maquinaria.
  • Colectivo de Accidentes Personales.
  • Colectivo de Vida.
Que no Cubre Seguro de Negocio Protegido - Seguros SURA

¿Qué no cubre el Seguro de Negocio Protegido?

Todos los daños ocasionados por las siguientes causas quedarán excluidos de tu seguro:

  • Guerra.
  • Huelga o rebelión.
  • Riesgos nucleares o atómicos.
  • Dolo del asegurado.
  • Lucro cesante.
  • Inobservancia de las leyes, decretos, resoluciones o reglamentos.
  • Estructura.

Planes de seguros de vida

TIPO DE TRANSACCIÓN MONTO NO. DE SOLICITUD FECHA DE INGRESO FECHA DE CIERRE ESTADO
Ahorro estudio de Ana $6.200.000 23432236 12/06/20 20/06/20 Terminado
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Requisitos Seguro Construcción Todo Riesgo - Seguros SURA

Requisitos para Seguro Construcción Todo Riesgo

Para adquirir tu Seguro de Montaje Todo Riesgo, requerimos la siguiente información:

  • Contrato de alcance.
  • Cronograma de obra.
  • Formulario de solicitud.
  • Hoja de vida del Constructor o Contratista.

Cotiza y contrata hoy tu Seguro de Negocio Protegido

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¿Quién se puede asegurar?

El Seguro Negocio Protegido está disponible para todas las personas que poseen una empresa y desea proteger tanto su patrimonio como sus colaboradores, de acuerdo con las políticas de suscripción de Seguros SURA.

Métodos de pago

Crédito o débito

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Información de contacto

Atención al cliente

Horarios: Contáctanos de lunes a viernes de 8:00 a.m a 7:00 p.m o sábados de 8:00 a.m a 2:00 p.m

 

Teléfono: 800-8888

 

Correo electrónico: [email protected]

Asistencia de siniestros

Horarios: Todos los días durante 24 horas.

 

Teléfono: 800-7872

 

Correo electrónico: [email protected]

[email protected]

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¿En qué podemos ayudarte?

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  • Garantiza el saldo de las deudas de tus clientes.
  • Evita a tu cliente dejar sus cuentas por pagar ante un accidente o enfermedad grave, garantizando la seguridad de las personas que más quiere.
  • Indemnizamos a los beneficiarios con el excedente que quedó al pagar el saldo de sus deudas.
  • Primas más económicas que un seguro de vida individual.
  • La prima de este seguro no varía durante la vigencia del préstamo.
  • Manejo con declaraciones mensuales.
  • Pago del seguro dentro de la letra del préstamo.

Un beneficiario son las personas que se eligen para recibir la indemnización de una póliza de Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor en caso de ocurrir un siniestro. Los ingresos del pago podrán ser utilizados por los beneficiarios para solventar los gastos financieros frente a una calamidad, como los servicios funerarios y otros gastos en caso de tu fallecimiento, entre otros. Además, ante un evento inesperado responderemos por tus gastos diarios, como el pago de dividendos, arriendo o el cuidado de tus hijos.

La prima de un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor son los pagos mensuales o cuotas que se deben cancelar durante la vigencia de la póliza. A cambio de esta prima, en SURA nos comprometemos con la indemnización en caso de ocurrir un suceso que haga parte de las coberturas de tu póliza, dentro de los límites pactados.


El valor o precio de la prima de un seguro colectivo de vida saldo deudor puede variar, puesto que el cálculo del valor depende de diversos factores, como:

  • El riesgo que asume la compañía.
  • El tiempo del contrato.
  • La probabilidad de que suceda un siniestro.
  • La ubicación geográfica.
  • Las características personales de las personas aseguradas.

El periodo de gracia en un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor es un “colchón financiero” ante el retraso de una de las cuotas mensuales. En SURA ofrecemos un período de gracia alrededor de 30 o 31 días, en donde nos comprometemos a mantener vigente las coberturas de la póliza, siempre y cuando se pague la cantidad adeudada dentro del tiempo de duración de este.


En caso de que sea un fallecimiento, los beneficiarios recibirán la indemnización de la póliza, menos el dinero que no fue cancelado a tiempo.

 

 

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Endoso hospitalario

Cuadro de tarifas

Valor mensual por rango de edad

0-18

19-29

30-39

40-49

50-59

60-69

8.13

12.48

16.63

20.80

25.99

32.50

Requiere completar cuestionario de salud

Detalles

Se reconocerá como Urgencia por Accidente únicamente los diagnósticos que se detallan a continuación: quemaduras, heridas cortantes, corto punzantes, contusas y por armas de fuego, fracturas, luxaciones, esguinces y trauma craneoencefálico.Cualquier otra atención médica diferente a la mencionada en este punto, no será considerada dentro de la cobertura de Urgencias por Accidente. Esta cobertura tiene un límite por evento de $400.00 por cargos elegibles, sin copago.
Se reconocerá como Urgencia Critica Detallada los diagnósticos y/o síntomas que se detallan a continuación: Pérdida del conocimiento, obnubilación o desvanecimiento, lipotimia, síndrome vertiginoso, deshidratación moderada a severa, vómitos y/o diarrea con deshidratación, crisis asmática, crisis hipertensiva, insuficiencia respiratoria severa o aguda, cólico nefro ureteral, angina de pecho, arritmia cardiaca, infarto del miocardio, convulsiones, estados de shock y coma, retención aguda de orina, apendicitis, trombosis aguda, intoxicación aguda, accidente cerebro-vascular, hemorragias, abdomen agudo, fiebre alta en menores de 5 años de edad, cuerpo extraño en ojos, oídos, nariz o garganta, reacciones alérgicas agudas por picaduras de insectos o de reptiles, medicamentosas y alimentarias (shock anafiláctico) mordeduras de animales.Cualquier otra atención médica diferente a las mencionadas en este punto, no será considerada dentro de la cobertura de Urgencias por Enfermedad Critico Detallada. Esta cobertura tiene un límite por evento de $400.00 por cargos elegibles, con un copago de $40.00 por evento.Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad y/o sus complicaciones.
Cubre los servicios hospitalarios y honorarios médicos de procedimientos quirúrgicos contemplados en las especialidades cubiertas en el Plan Salud a Tu Alcance, que no requieren de hospitalización y que son realizados en un hospital, clínica o centro de cirugía ambulatoria autorizados para tal fin dentro de la Red de Proveedores de Salud SURA. Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad o sus complicaciones al igual que parto o cesárea y sus complicaciones.Esta cobertura tiene un Límite Máximo Anual Renovable de $10,000.00 con un copago único de $100.00 por evento, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.
Cubre los servicios hospitalarios y honorarios médicos de hospitalizaciones contempladas en las especialidades cubiertas en el Plan de Salud a tu Alcance, y que son realizados en un hospital o clínica autorizado para tal fin dentro de la Red de Proveedores de Salud SURA. Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad o sus complicaciones al igual que parto o cesárea y sus complicaciones. Esta cobertura tiene un periodo de espera de 6 meses a partir de la vigencia de cada asegurado en la póliza.Esta cobertura tiene un Límite Máximo Anual Renovable de $15,000.00 con un copago único de $200.00 por evento, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.
Esta cobertura cubre únicamente los exámenes de resonancia magnética nuclear (RMN) y tomografía axial computarizada (TAC). Esta cobertura tiene un coaseguro de 20%, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.

Urgencia odontológica

Cubre tus emergencias odontológicas y de prevención bucal. Te será útil cuando tengas una urgencia dental inesperada como: un dolor agudo de muela, inflamación, sangrado bucodental o un diente fracturado accidentalmente.

Mensual: $0.76

Anual: $9.12

Asistencia funeraria individual

SURA te acompaña en los trámites legales y coordinación de servicios funerarios en caso de muerte por enfermedad, accidentes o vejez.

Mensual: $0.44

Anual: $5.28

Muerte accidental

A través de esta cobertura se indemnizará a los beneficiarios descritos ante
fallecimiento del asegurado por accidente.

Muerte accidental

$5,000.00

Adelanto de gastos funerarios

$2,000.00

 

Mensual: $0.70
Anual: $8.40

Renta diaria por hospitalización por accidente

Siempre que la causa fuere un accidente, no preexistente, cubierto bajo esta póliza, se cubrirá una renta diaria por hospitalización. Se contarán las noches en que el Asegurado duerme en el hospital para la indemnización correspondiente, luego de haber aplicado el deducible indicado en las Condiciones Particulares, así como el monto diario de dicha renta. La cobertura maxima es de sesenta (60) dias maximos al año, continuos o no.

Coberturas(diarios)

B/.15.00

Mensual

B/.1.25

Anual

B/.14.17