Es la extinción de los derechos que la póliza de seguro de vida confiere al asegurado. Esta caducidad se produce cuando la prima no es pagada a su vencimiento, después del período de gracia.
Valor que paga la aseguradora.
Lista total de los clientes de una compañía o de una parte de ésta.
Conjunto de primas por pagar por parte de los clientes. Aplica a productos de seguros y de rentas.
Incidente que causa una pérdida de valores extraordinariamente grandes.
Causa, estado de contrato. Razón por la cual se cancela un contrato.
Hecho que causó directamente un siniestro o que llevó a una cadena seguida de eventos que tuvieron como resultado el siniestro.
Cesión es un acuerdo entre el asegurado, otra persona y el asegurador, según el cual el asegurado cede a otra persona parte o todo el valor que tiene el producto de la póliza. Cesionario, es a quien se le traspasan los derechos de una póliza por medio de una cesión. El cedente es la persona que traspasa su derecho o derechos establecidos en una póliza.
Escalonada, nivelada y recargada (extra prima o substandard).
Traslación que hace el asegurador al asegurado del costo de su propio riesgo.
0-18
19-29
30-39
40-49
50-59
60-69
8.13
12.48
16.63
20.80
25.99
32.50
Requiere completar cuestionario de salud
Cubre tus emergencias odontológicas y de prevención bucal. Te será útil cuando tengas una urgencia dental inesperada como: un dolor agudo de muela, inflamación, sangrado bucodental o un diente fracturado accidentalmente.
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A través de esta cobertura se indemnizará a los beneficiarios descritos ante
fallecimiento del asegurado por accidente.
Muerte accidental
$5,000.00
Adelanto de gastos funerarios
$2,000.00
Mensual: $0.70
Anual: $8.40
Siempre que la causa fuere un accidente, no preexistente, cubierto bajo esta póliza, se cubrirá una renta diaria por hospitalización. Se contarán las noches en que el Asegurado duerme en el hospital para la indemnización correspondiente, luego de haber aplicado el deducible indicado en las Condiciones Particulares, así como el monto diario de dicha renta. La cobertura maxima es de sesenta (60) dias maximos al año, continuos o no.
Coberturas(diarios)
B/.15.00
Mensual
B/.1.25
Anual
B/.14.17