Insuficiencia de protección al asegurado, bien por no contratar los amparos requeridos o por fijar un valor asegurado menor al valor real. La existencia del infraseguro se da por varias causas:
Examen de un bien para determinar su valor y el nivel de riesgos a que está expuesto.
Persona que verifica el estado de un riesgo después del acaecimiento del siniestro.
Es la relación susceptible de valoración económica que tiene el asegurado con los bienes o personas que se protegen en la póliza. Si este interés no existe, el contrato de seguros será nulo. Por ejemplo, una persona asegura su vivienda porque tiene interés en conservarla.
Asesor comercial.
Es la idoneidad que reconoce la Superintendencia de Seguros y Reaseguros para ejercer la función de corredor de seguros.
Son todas aquellas condiciones que no se aceptan como válidas para hacer efectivos los derechos que confiere la póliza, por determinado período de tiempo.
Acción y efecto de ajustar formalmente una reclamación de siniestro. Consiste efectuar el inventario de los perjuicios soportados para su valoración, teniendo en cuenta la modalidad de protección contratada y las condiciones particulares, generales y especiales de la póliza. Se determina como: Valor reclamado – Participación del asegurado – Retenciones (en la Fuente del ITBMS) – Descuentos financieros o por pronto pago.
Dirección y ciudad en donde se ubica un bien.
Barrio y ciudad del lugar en donde ocurrió el siniestro.
0-18
19-29
30-39
40-49
50-59
60-69
8.13
12.48
16.63
20.80
25.99
32.50
Requiere completar cuestionario de salud
Cubre tus emergencias odontológicas y de prevención bucal. Te será útil cuando tengas una urgencia dental inesperada como: un dolor agudo de muela, inflamación, sangrado bucodental o un diente fracturado accidentalmente.
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A través de esta cobertura se indemnizará a los beneficiarios descritos ante
fallecimiento del asegurado por accidente.
Muerte accidental
$5,000.00
Adelanto de gastos funerarios
$2,000.00
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Anual: $8.40
Siempre que la causa fuere un accidente, no preexistente, cubierto bajo esta póliza, se cubrirá una renta diaria por hospitalización. Se contarán las noches en que el Asegurado duerme en el hospital para la indemnización correspondiente, luego de haber aplicado el deducible indicado en las Condiciones Particulares, así como el monto diario de dicha renta. La cobertura maxima es de sesenta (60) dias maximos al año, continuos o no.
Coberturas(diarios)
B/.15.00
Mensual
B/.1.25
Anual
B/.14.17