Fecha de movimiento de riesgo y cobertura.
Fecha en que el asegurado presenta la reclamación formal a la Compañía, ya sea, a través de un formulario o comunicación escrita.
Fecha de fin de vigencia de la póliza y en la cual debe ser renovada. Es útil para efectos de avisos de vencimiento o renovación a los clientes.
Fecha en que un tercero hace la reclamación al asegurado, y desencadena una reclamación sobre el seguro. Aplica en las pólizas de Responsabilidad Civil.
Fecha en que una persona establece su primera vinculación con la Compañía en general, y obtiene el rol de cliente.
Fecha hasta la cual dará cubrimiento una cobertura.
A efectos de responder por el importe de las pérdidas provenientes de los fondos que manejan los corredores como resultado de su actuación negligente o dolosa.
Son los valores en efectivo o los valores de rescate de la póliza.
Valor del siniestro que el asegurado está dispuesto a asumir por cuenta propia. Si la pérdida presenta un valor superior a dicha cifra, la aseguradora reconocerá el total de la pérdida, hasta el valor asegurado. Valor mínimo de la pérdida que debe superarse para que la Compañía entre en responsabilidad de pago.
0-18
19-29
30-39
40-49
50-59
60-69
8.13
12.48
16.63
20.80
25.99
32.50
Requiere completar cuestionario de salud
Cubre tus emergencias odontológicas y de prevención bucal. Te será útil cuando tengas una urgencia dental inesperada como: un dolor agudo de muela, inflamación, sangrado bucodental o un diente fracturado accidentalmente.
Mensual: $0.76
Anual: $9.12
SURA te acompaña en los trámites legales y coordinación de servicios funerarios en caso de muerte por enfermedad, accidentes o vejez.
Mensual: $0.44
Anual: $5.28
A través de esta cobertura se indemnizará a los beneficiarios descritos ante
fallecimiento del asegurado por accidente.
Muerte accidental
$5,000.00
Adelanto de gastos funerarios
$2,000.00
Mensual: $0.70
Anual: $8.40
Siempre que la causa fuere un accidente, no preexistente, cubierto bajo esta póliza, se cubrirá una renta diaria por hospitalización. Se contarán las noches en que el Asegurado duerme en el hospital para la indemnización correspondiente, luego de haber aplicado el deducible indicado en las Condiciones Particulares, así como el monto diario de dicha renta. La cobertura maxima es de sesenta (60) dias maximos al año, continuos o no.
Coberturas(diarios)
B/.15.00
Mensual
B/.1.25
Anual
B/.14.17