Derecho del asegurador de recuperar de cualquier fuente, los pagos hechos en base a la póliza de hospitalización por lesiones que reciba el asegurado, por manejo de vehículos que tienen cobertura por dichas lesiones.
Cuando el asegurado está asegurado por más de su valor económico. Principio de interés asegurable.
Tabla que especifica las posibilidades de mortalidad de una persona de acuerdo a su edad en un determinado tiempo.
Persona encargada de negociar, tramitar como intermediario entre la compañía de seguros y la empresa que desea contratar una póliza de seguro para sus empleados (generalmente el jefe de recursos humanos.
Es la persona (natural o jurídica) quien traslada los riesgos para asegurar a un determinado número de personas, y es el responsable del pago de las primas.
Rol de una persona en un contrato.
Persona natural o jurídica que obrando por sí misma, o en representación de un tercero, contrata con un asegurador el traslado de riesgos.
Contratante.
Se refiere a que los cargos por atención médica no deben exceder de lo acostumbrado, de lo que generalmente se cobra.
Valor económico del interés asegurable. Para los seguros reales, es la máxima suma asegurada para que el contrato de seguro pueda cumplir a plenitud su función indemnizatoria. Se utiliza análisis de cúmulos y riesgos expuestos.
Valor que la Compañía se compromete a pagar al cliente por un riesgo, en caso de ocurrir el siniestro. Es el límite máximo de responsabilidad del asegurador. Algunos productos permiten el incremento automático del valor asegurado de acuerdo con una tasa acordada con el cliente.
0-18
19-29
30-39
40-49
50-59
60-69
8.13
12.48
16.63
20.80
25.99
32.50
Requiere completar cuestionario de salud
Cubre tus emergencias odontológicas y de prevención bucal. Te será útil cuando tengas una urgencia dental inesperada como: un dolor agudo de muela, inflamación, sangrado bucodental o un diente fracturado accidentalmente.
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SURA te acompaña en los trámites legales y coordinación de servicios funerarios en caso de muerte por enfermedad, accidentes o vejez.
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A través de esta cobertura se indemnizará a los beneficiarios descritos ante
fallecimiento del asegurado por accidente.
Muerte accidental
$5,000.00
Adelanto de gastos funerarios
$2,000.00
Mensual: $0.70
Anual: $8.40
Siempre que la causa fuere un accidente, no preexistente, cubierto bajo esta póliza, se cubrirá una renta diaria por hospitalización. Se contarán las noches en que el Asegurado duerme en el hospital para la indemnización correspondiente, luego de haber aplicado el deducible indicado en las Condiciones Particulares, así como el monto diario de dicha renta. La cobertura maxima es de sesenta (60) dias maximos al año, continuos o no.
Coberturas(diarios)
B/.15.00
Mensual
B/.1.25
Anual
B/.14.17