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Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales

Un Seguro de Vida Colectivo diseñado para proteger la vida de tus colaboradores tanto dentro como fuera de tu empresa, en busca de garantizar su tranquilidad y la de sus seres queridos ante cualquier accidente.

#AccidentesPersonales#SegurosColectivos

¿Qué es un Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales?

En Seguros SURA nos encargamos de cuidar lo más valioso de tu empresa, con el fin de cubrir mediante un solo contrato, las personas que trabajan contigo o comparten un interés común.

 

Nuestro Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales te permite prevenir cualquier situación y protegerte frente a ellas.

En qué Consiste Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales - Seguros SURA
Beneficio Seguridad Económica Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales - Seguros SURA
Beneficios de un Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales
Seguridad económica

Con nuestro Seguro de Vida Colectivo aseguramos la estabilidad de los ingresos de tus colaboradores, en busca de garantizar su calidad de vida y conservar su tranquilidad ante algún imprevisto.

Beneficio Cobertura por Accidentes Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales - Seguros SURA
Beneficios de un Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales
Cobertura por accidente

Brinda protección a tus empleados las 24 horas del día durante los 365 días del año, independiente si se encuentra trabajando o disfrutando de su tiempo libre.

Beneficio Más Facilidades Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales - Seguros SURA
Beneficios de un Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales
Más facilidades

Asegura el número total de tus colaboradores en un solo y único contrato, sin previo examen médico y con primas más económicas a diferencia de un seguro individual.

¿Qué cubre el Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales?

  • Fallecimiento por causa de accidente.
  • Invalidez, incapacidad o desmembración por accidente.
  • Homicidio culposo, causado por acciones accidentales o producto de un robo y asalto respectivamente.
  • Servicio de asistencia funeraria.
  • Renta diaria por accidente y hospitalización.
  • Gastos médicos por accidente.
  • Servicios de asistencia médica móvil, orientación en salud y emergencias odontológicas.
  • Fallecimiento en transporte público.
Qué no Cubre Seguro Colectivo de Accidentes Personales - Seguro SURA

¿Qué no cubre nuestro Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales?

Todas las lesiones ocasionadas por las siguientes causas quedarán excluidas de tu seguro:

  • Accidentes ocasionados por ataques cardíacos, epilépticos, síncopes y enfermedades cardiovasculares.
  • Cuando ocurre por un acto voluntario o intencional, como dolo, culpa grave, suicidio, embriaguez o consumo de drogas.
  • Enfermedades congénitas o lesiones causadas por actos de guerra.
  • Cuando las lesiones ocurren por fenómenos naturales de carácter catastrófico, como sismo, inundaciones, erupciones volcánicas, entre otros.
  • Competencias deportivas y prácticas en deportes peligrosos.
  • Accidentes causados por trabajos en fábricas de artículos pirotécnicos y similares.

Planes de seguros de vida

TIPO DE TRANSACCIÓN MONTO NO. DE SOLICITUD FECHA DE INGRESO FECHA DE CIERRE ESTADO
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Requisitos seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales - Seguros SURA

Requisitos para un Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales

Para adquirir tu Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales, requerimos la siguiente información:

 

Colectivos con vigencia anual:

  • Formulario de inscripción de todos los asegurados del colectivo.
  • Copia de cédula o pasaporte de cada asegurado en el colectivo y carnet de permiso laboral.
  • Formulario “conoce tu cliente” diligenciado por el contratante.
  • RUC, dígito verificador, dirección y teléfono del contratante.
  • Aviso de operaciones del contratante.

Colectivos con vigencia a corto plazo:

  • Formulario “conoce tu cliente” diligenciado por el contratante.
  • RUC, dígito verificador, dirección y teléfono del contratante.
  • Listado con nombre completo y número de cédula de los asegurados en el colectivo.
  • Aviso de operaciones del contratante.

Cotiza y contrata hoy tu Seguro de Vida Colectivo de Accidentes Personales

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¿Quién se puede asegurar?

Nuestro seguro está disponible para todas las personas entre los 18 a 70 años de edad que hagan parte de un grupo familiar, asociaciones, sindicatos, gremios, cooperativas, instituciones benéficas, estatales o empresas privadas, de acuerdo con las políticas de suscripción de Seguros SURA.

Métodos de pago

Crédito o débito

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Información de contacto

Atención al cliente

Horarios: Contáctanos de lunes a viernes de 8:00 a.m a 7:00 p.m o sábados de 8:00 a.m a 2:00 p.m

 

Teléfono: 800-8888

 

Correo electrónico: [email protected]

Asistencia a siniestros

Horarios: Comunícate con nosotros durante las 24 horas del día.

 

Teléfono: 800-7872

 

Correo electrónico: [email protected]

[email protected]

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¿En qué podemos ayudarte?

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  • Garantiza el saldo de las deudas de tus clientes.
  • Evita a tu cliente dejar sus cuentas por pagar ante un accidente o enfermedad grave, garantizando la seguridad de las personas que más quiere.
  • Indemnizamos a los beneficiarios con el excedente que quedó al pagar el saldo de sus deudas.
  • Primas más económicas que un seguro de vida individual.
  • La prima de este seguro no varía durante la vigencia del préstamo.
  • Manejo con declaraciones mensuales.
  • Pago del seguro dentro de la letra del préstamo.

Un beneficiario son las personas que se eligen para recibir la indemnización de una póliza de Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor en caso de ocurrir un siniestro. Los ingresos del pago podrán ser utilizados por los beneficiarios para solventar los gastos financieros frente a una calamidad, como los servicios funerarios y otros gastos en caso de tu fallecimiento, entre otros. Además, ante un evento inesperado responderemos por tus gastos diarios, como el pago de dividendos, arriendo o el cuidado de tus hijos.

La prima de un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor son los pagos mensuales o cuotas que se deben cancelar durante la vigencia de la póliza. A cambio de esta prima, en SURA nos comprometemos con la indemnización en caso de ocurrir un suceso que haga parte de las coberturas de tu póliza, dentro de los límites pactados.


El valor o precio de la prima de un seguro colectivo de vida saldo deudor puede variar, puesto que el cálculo del valor depende de diversos factores, como:

  • El riesgo que asume la compañía.
  • El tiempo del contrato.
  • La probabilidad de que suceda un siniestro.
  • La ubicación geográfica.
  • Las características personales de las personas aseguradas.

El periodo de gracia en un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor es un “colchón financiero” ante el retraso de una de las cuotas mensuales. En SURA ofrecemos un período de gracia alrededor de 30 o 31 días, en donde nos comprometemos a mantener vigente las coberturas de la póliza, siempre y cuando se pague la cantidad adeudada dentro del tiempo de duración de este.


En caso de que sea un fallecimiento, los beneficiarios recibirán la indemnización de la póliza, menos el dinero que no fue cancelado a tiempo.

 

 

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Endoso hospitalario

Cuadro de tarifas

Valor mensual por rango de edad

0-18

19-29

30-39

40-49

50-59

60-69

8.13

12.48

16.63

20.80

25.99

32.50

Requiere completar cuestionario de salud

Detalles

Se reconocerá como Urgencia por Accidente únicamente los diagnósticos que se detallan a continuación: quemaduras, heridas cortantes, corto punzantes, contusas y por armas de fuego, fracturas, luxaciones, esguinces y trauma craneoencefálico.Cualquier otra atención médica diferente a la mencionada en este punto, no será considerada dentro de la cobertura de Urgencias por Accidente. Esta cobertura tiene un límite por evento de $400.00 por cargos elegibles, sin copago.
Se reconocerá como Urgencia Critica Detallada los diagnósticos y/o síntomas que se detallan a continuación: Pérdida del conocimiento, obnubilación o desvanecimiento, lipotimia, síndrome vertiginoso, deshidratación moderada a severa, vómitos y/o diarrea con deshidratación, crisis asmática, crisis hipertensiva, insuficiencia respiratoria severa o aguda, cólico nefro ureteral, angina de pecho, arritmia cardiaca, infarto del miocardio, convulsiones, estados de shock y coma, retención aguda de orina, apendicitis, trombosis aguda, intoxicación aguda, accidente cerebro-vascular, hemorragias, abdomen agudo, fiebre alta en menores de 5 años de edad, cuerpo extraño en ojos, oídos, nariz o garganta, reacciones alérgicas agudas por picaduras de insectos o de reptiles, medicamentosas y alimentarias (shock anafiláctico) mordeduras de animales.Cualquier otra atención médica diferente a las mencionadas en este punto, no será considerada dentro de la cobertura de Urgencias por Enfermedad Critico Detallada. Esta cobertura tiene un límite por evento de $400.00 por cargos elegibles, con un copago de $40.00 por evento.Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad y/o sus complicaciones.
Cubre los servicios hospitalarios y honorarios médicos de procedimientos quirúrgicos contemplados en las especialidades cubiertas en el Plan Salud a Tu Alcance, que no requieren de hospitalización y que son realizados en un hospital, clínica o centro de cirugía ambulatoria autorizados para tal fin dentro de la Red de Proveedores de Salud SURA. Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad o sus complicaciones al igual que parto o cesárea y sus complicaciones.Esta cobertura tiene un Límite Máximo Anual Renovable de $10,000.00 con un copago único de $100.00 por evento, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.
Cubre los servicios hospitalarios y honorarios médicos de hospitalizaciones contempladas en las especialidades cubiertas en el Plan de Salud a tu Alcance, y que son realizados en un hospital o clínica autorizado para tal fin dentro de la Red de Proveedores de Salud SURA. Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad o sus complicaciones al igual que parto o cesárea y sus complicaciones. Esta cobertura tiene un periodo de espera de 6 meses a partir de la vigencia de cada asegurado en la póliza.Esta cobertura tiene un Límite Máximo Anual Renovable de $15,000.00 con un copago único de $200.00 por evento, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.
Esta cobertura cubre únicamente los exámenes de resonancia magnética nuclear (RMN) y tomografía axial computarizada (TAC). Esta cobertura tiene un coaseguro de 20%, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.

Urgencia odontológica

Cubre tus emergencias odontológicas y de prevención bucal. Te será útil cuando tengas una urgencia dental inesperada como: un dolor agudo de muela, inflamación, sangrado bucodental o un diente fracturado accidentalmente.

Mensual: $0.76

Anual: $9.12

Asistencia funeraria individual

SURA te acompaña en los trámites legales y coordinación de servicios funerarios en caso de muerte por enfermedad, accidentes o vejez.

Mensual: $0.44

Anual: $5.28

Muerte accidental

A través de esta cobertura se indemnizará a los beneficiarios descritos ante
fallecimiento del asegurado por accidente.

Muerte accidental

$5,000.00

Adelanto de gastos funerarios

$2,000.00

 

Mensual: $0.70
Anual: $8.40

Renta diaria por hospitalización por accidente

Siempre que la causa fuere un accidente, no preexistente, cubierto bajo esta póliza, se cubrirá una renta diaria por hospitalización. Se contarán las noches en que el Asegurado duerme en el hospital para la indemnización correspondiente, luego de haber aplicado el deducible indicado en las Condiciones Particulares, así como el monto diario de dicha renta. La cobertura maxima es de sesenta (60) dias maximos al año, continuos o no.

Coberturas(diarios)

B/.15.00

Mensual

B/.1.25

Anual

B/.14.17