En Seguros SURA estamos contigo cuando más lo necesites. Un Seguro de Protección y Asistencia Médica creado para brindarte acceso a la salud preventiva y curativa, garantizando
tu estabilidad económica y la de tus seres queridos.
¿Qué es un Seguro de Protección y Asistencia Médica?
Nuestro Seguro de Protección y Asistencia Médica te permite contar con una amplia gama de coberturas y asistencias integrales en salud pensadas para ti y tus seres queridos, que además de brindarte protección hospitalaria, te ayuda con los medicamentos y exámenes necesarios para el diagnóstico de enfermedades o situaciones de accidente.
Beneficios de un Seguro de Protección y Asistencia Médica
Prevención y protección
En Seguros SURA conocemos de eventualidades, por eso, diseñamos una póliza que cuida tu salud de manera preventiva, entregándote seguridad y protección, además de respaldar tus gastos médicos adicionales en situaciones inesperadas.
Beneficios de un Seguro de Protección y Asistencia Médica
Asistencia médica y odontológica
Junto con nuestra mejor Red de Proveedores en salud te ofrecemos respaldo y orientación médica en todo momento, desde la atención primaria hasta odontológica, con diversas coberturas y asistencias.
Beneficios de un Seguro de Protección y Asistencia Médica
Cobertura nacional
Tus colaboradores pueden asegurar a las personas que más quieren en un solo y único contrato, sin un límite máximo de personas y obteniendo beneficios más amplios que un seguro individual.
¿Qué cubre el Seguro de Protección y Asistencia Médica?
Asistencia de gestión de citas médicas
Recibe orientación médica hasta con el 50% de descuento y solicita una cita con nuestra red de médicos generales, especialistas o médico a domicilio en menos de 72 horas, además podrás pedir información acerca del servicio de medicina alternativa, laboratorio clínico, laboratorio de imagen, centros odontológicos, centros oftalmológicos, spa y estéticas para ti y tus seres queridos hasta un máximo de 10 personas.
Asistencia por urgencia odontológica completa
Adquiere asistencia gratuita en caso de ocurrir una urgencia dental inesperada, como dolor agudo de muela, inflamación y sangrado bucodental o una fractura dental durante las 24 horas del día, los 365 días del año, tanto para ti como para tus seres queridos.
Asistencia médica móvil
Al ser titular de la póliza tendrás acceso gratuito a nuestra unidad móvil completamente equipada, en donde te prestarán primeros auxilios independiente del lugar donde te encuentres, de acuerdo a los límites del servicio. Además, podrás realizar llamadas ilimitadas, solicitar rescate e inmovilización de víctimas de accidentes, y en caso de ser necesario, notificar tu traslado a un centro médico sin costo adicional y disponibilidad de emergencia a domicilio.
Asistencia funeraria familiar + progenitor
En caso de muerte por enfermedad, accidente o vejez, recibe gratuitamente, los trámites legales y coordinación de los servicios funerarios. Esta asistencia brinda cobertura al titular, cónyuge, 3 hijos y 2 progenitores, bien sean padres o suegros.
Gastos médicos por accidente
Al ser titular de la póliza tendrás acceso gratuito a nuestro servicio de urgencias. Si acudes al cuarto de urgencia de San Fernando, en Panamá y Coronado o al Hospital Chiriquí te prestaremos el servicio gratuito hasta el límite B/. 1,000.00. De ser atendido en otra institución médica, la asistencia será contra reembolso hasta el límite establecido, una vez presentes la factura y completes el formulario correspondiente.
Renta diaria por hospitalización por accidente
En Seguros SURA te acompañamos a partir del primer día de hospitalización y durante 60 días al año, bien sea continuos o no. Un beneficio gratuito para ti y tu cónyuge.
Fallecimiento por causa de accidente
en caso de tu ausencia, en Seguros SURA indemnizamos a tus beneficiarios por la de B/.10,000.00.
¿Qué no cubre el Seguro Colectivo de Vida Grupo?
Todas las lesiones ocasionadas por las siguientes causas quedarán excluidas de tu seguro:
Cuando ocurre suicidio o intento de suicidio entre los primero seis meses de vigencia del seguro.
Cuando ocurre por un acto voluntario o intencional, como dolo, culpa grave, embriaguez o consumo de drogas.
Cuando los hechos son provocados por actos de guerra, revolución, contaminación radioactiva o armas químicas.
Accidentes ocasionados por enfermedades congénitas o lesiones.
Competencias deportivas y prácticas en deportes peligrosos.
Para conocer las condiciones completas de tu seguro y otras exclusiones descarga nuestro clausulado.
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Requisitos para un Seguros de Protección y Asistencia Médica
Para adquirir tu Seguro de Protección y Asistencia Médica, es necesario:
Ser panameño o residente.
Residir en las provincias de Panamá y Chiriquí.
Cotiza y contrata hoy tu Seguro de Protección y Asistencia Médica
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¿Quién se puede asegurar?
Nuestro seguro está disponible para todas las personas entre los 18 a 65 años de edad que desean estar protegidas en caso de un evento inesperado, de acuerdo con las políticas de suscripción de Seguros SURA.
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¿Por qué contratar un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor?
Garantiza el saldo de las deudas de tus clientes.
Evita a tu cliente dejar sus cuentas por pagar ante un accidente o enfermedad grave, garantizando la seguridad de las personas que más quiere.
Indemnizamos a los beneficiarios con el excedente que quedó al pagar el saldo de sus deudas.
Primas más económicas que un seguro de vida individual.
La prima de este seguro no varía durante la vigencia del préstamo.
Manejo con declaraciones mensuales.
Pago del seguro dentro de la letra del préstamo.
¿Quién es el beneficiario en un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor?
Un beneficiario son las personas que se eligen para recibir la indemnización de una póliza de Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor en caso de ocurrir un siniestro. Los ingresos del pago podrán ser utilizados por los beneficiarios para solventar los gastos financieros frente a una calamidad, como los servicios funerarios y otros gastos en caso de tu fallecimiento, entre otros. Además, ante un evento inesperado responderemos por tus gastos diarios, como el pago de dividendos, arriendo o el cuidado de tus hijos.
¿Qué es una prima de un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor?
La prima de un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor son los pagos mensuales o cuotas que se deben cancelar durante la vigencia de la póliza. A cambio de esta prima, en SURA nos comprometemos con la indemnización en caso de ocurrir un suceso que haga parte de las coberturas de tu póliza, dentro de los límites pactados.
El valor o precio de la prima de un seguro colectivo de vida saldo deudor puede variar, puesto que el cálculo del valor depende de diversos factores, como:
El riesgo que asume la compañía.
El tiempo del contrato.
La probabilidad de que suceda un siniestro.
La ubicación geográfica.
Las características personales de las personas aseguradas.
¿Qué es el periodo de gracia de un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor?
El periodo de gracia en un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor es un “colchón financiero” ante el retraso de una de las cuotas mensuales. En SURA ofrecemos un período de gracia alrededor de 30 o 31 días, en donde nos comprometemos a mantener vigente las coberturas de la póliza, siempre y cuando se pague la cantidad adeudada dentro del tiempo de duración de este.
En caso de que sea un fallecimiento, los beneficiarios recibirán la indemnización de la póliza, menos el dinero que no fue cancelado a tiempo.
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Se reconocerá como Urgencia por Accidente únicamente los diagnósticos que se detallan a continuación: quemaduras, heridas cortantes, corto punzantes, contusas y por armas de fuego, fracturas, luxaciones, esguinces y trauma craneoencefálico.Cualquier otra atención médica diferente a la mencionada en este punto, no será considerada dentro de la cobertura de Urgencias por Accidente. Esta cobertura tiene un límite por evento de $400.00 por cargos elegibles, sin copago.
Se reconocerá como Urgencia Critica Detallada los diagnósticos y/o síntomas que se detallan a continuación: Pérdida del conocimiento, obnubilación o desvanecimiento, lipotimia, síndrome vertiginoso, deshidratación moderada a severa, vómitos y/o diarrea con deshidratación, crisis asmática, crisis hipertensiva, insuficiencia respiratoria severa o aguda, cólico nefro ureteral, angina de pecho, arritmia cardiaca, infarto del miocardio, convulsiones, estados de shock y coma, retención aguda de orina, apendicitis, trombosis aguda, intoxicación aguda, accidente cerebro-vascular, hemorragias, abdomen agudo, fiebre alta en menores de 5 años de edad, cuerpo extraño en ojos, oídos, nariz o garganta, reacciones alérgicas agudas por picaduras de insectos o de reptiles, medicamentosas y alimentarias (shock anafiláctico) mordeduras de animales.Cualquier otra atención médica diferente a las mencionadas en este punto, no será considerada dentro de la cobertura de Urgencias por Enfermedad Critico Detallada. Esta cobertura tiene un límite por evento de $400.00 por cargos elegibles, con un copago de $40.00 por evento.Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad y/o sus complicaciones.
Cubre los servicios hospitalarios y honorarios médicos de procedimientos quirúrgicos contemplados en las especialidades cubiertas en el Plan Salud a Tu Alcance, que no requieren de hospitalización y que son realizados en un hospital, clínica o centro de cirugía ambulatoria autorizados para tal fin dentro de la Red de Proveedores de Salud SURA. Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad o sus complicaciones al igual que parto o cesárea y sus complicaciones.Esta cobertura tiene un Límite Máximo Anual Renovable de $10,000.00 con un copago único de $100.00 por evento, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.
Cubre los servicios hospitalarios y honorarios médicos de hospitalizaciones contempladas en las especialidades cubiertas en el Plan de Salud a tu Alcance, y que son realizados en un hospital o clínica autorizado para tal fin dentro de la Red de Proveedores de Salud SURA. Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad o sus complicaciones al igual que parto o cesárea y sus complicaciones. Esta cobertura tiene un periodo de espera de 6 meses a partir de la vigencia de cada asegurado en la póliza.Esta cobertura tiene un Límite Máximo Anual Renovable de $15,000.00 con un copago único de $200.00 por evento, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.
Esta cobertura cubre únicamente los exámenes de resonancia magnética nuclear (RMN) y tomografía axial computarizada (TAC). Esta cobertura tiene un coaseguro de 20%, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.
Urgencia odontológica
Cubre tus emergencias odontológicas y de prevención bucal. Te será útil cuando tengas una urgencia dental inesperada como: un dolor agudo de muela, inflamación, sangrado bucodental o un diente fracturado accidentalmente.
Mensual: $0.76
Anual: $9.12
Asistencia funeraria individual
SURA te acompaña en los trámites legales y coordinación de servicios funerarios en caso de muerte por enfermedad, accidentes o vejez.
Mensual: $0.44
Anual: $5.28
Muerte accidental
A través de esta cobertura se indemnizará a los beneficiarios descritos ante fallecimiento del asegurado por accidente.
Muerte accidental
$5,000.00
Adelanto de gastos funerarios
$2,000.00
Mensual: $0.70 Anual: $8.40
Renta diaria por hospitalización por accidente
Siempre que la causa fuere un accidente, no preexistente, cubierto bajo esta póliza, se cubrirá una renta diaria por hospitalización. Se contarán las noches en que el Asegurado duerme en el hospital para la indemnización correspondiente, luego de haber aplicado el deducible indicado en las Condiciones Particulares, así como el monto diario de dicha renta. La cobertura maxima es de sesenta (60) dias maximos al año, continuos o no.