Seguro de Asistencia Funeraria Nacional Familiar + Progenitores
Con un Seguro de Asistencia Funeraria Nacional Familiar + Progenitores, queremos protegerte a ti, a tu cónyuge y hasta tres de tus hijos, además de incluir a dos progenitores bien sea tus padres o suegros, frente a trámites legales y coordinación de los servicios funerarios.
¿Qué es un Seguro de Asistencia Funeraria Nacional Familiar + Progenitores?
Un Seguro de Asistencia Funeraria Nacional Familiar + Progenitores es una forma de prevención, para que puedas cubrir todos los gastos y costos asociados al fallecimiento de un ser querido.
Es una solución útil, para garantizar a tu familiar la solvencia económica de todos los gastos necesarios en ese momento. En Seguros SURA nos encargaremos de gestionar todos los servicios funerarios en caso de fallecimiento de los asegurados que residan en Panamá y que fallezcan en cualquier ciudad del territorio nacional.
Beneficios de un Seguro de Asistencia Funeraria Nacional Familiar + Progenitores
Prevención
Un seguro de asistencia funeraria te permite mantener tu estabilidad económica ante los gastos de un fallecimiento.
Beneficios de un Seguro de Asistencia Funeraria Nacional Familiar + Progenitores
Tranquilidad
Nos encargamos de todos los servicios funerarios y la coordinación, para entregar tranquilidad a tu familia en esos difíciles momentos.
Beneficios de un Seguro de Asistencia Funeraria Nacional Familiar + Progenitores
Protección Completa
Es uno de los seguros de Asistencia Funeraria más completos, protegiendo a tu familia completa, incluyendo a tus padres o tus suegros.
¿Qué cubre el Seguro de Asistencia Funeraria Nacional Familiar + Progenitores?
Coberturas Principales
Servicios Funerarios:
Trámites legales ante las autoridades competentes, para la inhumación o cremación.
Traslados a nivel nacional: sala de velación, Iglesia y Parque Cementerio Municipal (en el Territorio Nacional).
Servicio de tanatopraxia (arreglo del cuerpo, vestimenta, maquillaje).
Cofre metálico de corte lineal o urna metálica en caso de tratarse de cremación.
Decoración de iglesia o salas de velación con tres (3) arreglos florales.
Celebración del servicio religioso del culto indicado por los familiares.
De ser requerido, utilización de las Salas de velación o filiales a nivel nacional, hasta por veinticuatro (24) horas, o servicio a domicilio.
Entrega de un libro de asistencia a las honras (condolencias).
Espacio en arriendo por tres (3) años en parque cementerios municipales disponibles a nivel nacional donde exista dicha modalidad; o servicio de Cremación.
¿Qué no cubre un Seguro de Asistencia Funeraria Nacional Familiar + Progenitores?
Todas las lesiones ocasionadas por las siguientes causas quedarán excluidas de tu seguro:
Cuando el suceso ocurre por causa de guerra.
Sucesos como catástrofes naturales, huracanes, terremotos, tsunami, tornados, temblores, inundaciones.
Solo se prestará la Asistencia Funeraria contraída bajo una sola póliza de tus pólizas, independientemente que como asegurado o beneficiarios, mantengas una misma cobertura vigente, dentro de otro contrato de seguro en SURA.
Para conocer las condiciones completas de tu seguro y otras exclusiones descarga nuestro clausulado.
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Requisitos para un Seguro de Asistencia Funeraria Nacional Familiar + Progenitores
Debes cumplir con los rangos de edad mencionados.
Seleccionar uno de nuestros planes de asistencia funeraria nacional individual.
Definir tu lista de beneficiarios.
Cotiza y contrata hoy tu seguro Asistencia Funeraria Nacional Familiar + Progenitores
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¿Quién se puede asegurar?
Pueden asegurarse todas las personas interesadas en acceder a una protección para su tranquilidad y la de sus seres queridos en caso de fallecimiento, de acuerdo con las políticas de suscripción y criterios de evaluación médica establecidas.
Debes tener un rango de edad entre los 18 años hasta los 69 años para ser el titular de la póliza.
Debes residir en Panamá, recuerda que la eventualidad o fallecimiento debe darse en cualquier ciudad del territorio nacional.
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¿Por qué contratar un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor?
Garantiza el saldo de las deudas de tus clientes.
Evita a tu cliente dejar sus cuentas por pagar ante un accidente o enfermedad grave, garantizando la seguridad de las personas que más quiere.
Indemnizamos a los beneficiarios con el excedente que quedó al pagar el saldo de sus deudas.
Primas más económicas que un seguro de vida individual.
La prima de este seguro no varía durante la vigencia del préstamo.
Manejo con declaraciones mensuales.
Pago del seguro dentro de la letra del préstamo.
¿Quién es el beneficiario en un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor?
Un beneficiario son las personas que se eligen para recibir la indemnización de una póliza de Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor en caso de ocurrir un siniestro. Los ingresos del pago podrán ser utilizados por los beneficiarios para solventar los gastos financieros frente a una calamidad, como los servicios funerarios y otros gastos en caso de tu fallecimiento, entre otros. Además, ante un evento inesperado responderemos por tus gastos diarios, como el pago de dividendos, arriendo o el cuidado de tus hijos.
¿Qué es una prima de un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor?
La prima de un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor son los pagos mensuales o cuotas que se deben cancelar durante la vigencia de la póliza. A cambio de esta prima, en SURA nos comprometemos con la indemnización en caso de ocurrir un suceso que haga parte de las coberturas de tu póliza, dentro de los límites pactados.
El valor o precio de la prima de un seguro colectivo de vida saldo deudor puede variar, puesto que el cálculo del valor depende de diversos factores, como:
El riesgo que asume la compañía.
El tiempo del contrato.
La probabilidad de que suceda un siniestro.
La ubicación geográfica.
Las características personales de las personas aseguradas.
¿Qué es el periodo de gracia de un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor?
El periodo de gracia en un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor es un “colchón financiero” ante el retraso de una de las cuotas mensuales. En SURA ofrecemos un período de gracia alrededor de 30 o 31 días, en donde nos comprometemos a mantener vigente las coberturas de la póliza, siempre y cuando se pague la cantidad adeudada dentro del tiempo de duración de este.
En caso de que sea un fallecimiento, los beneficiarios recibirán la indemnización de la póliza, menos el dinero que no fue cancelado a tiempo.
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Se reconocerá como Urgencia por Accidente únicamente los diagnósticos que se detallan a continuación: quemaduras, heridas cortantes, corto punzantes, contusas y por armas de fuego, fracturas, luxaciones, esguinces y trauma craneoencefálico.Cualquier otra atención médica diferente a la mencionada en este punto, no será considerada dentro de la cobertura de Urgencias por Accidente. Esta cobertura tiene un límite por evento de $400.00 por cargos elegibles, sin copago.
Se reconocerá como Urgencia Critica Detallada los diagnósticos y/o síntomas que se detallan a continuación: Pérdida del conocimiento, obnubilación o desvanecimiento, lipotimia, síndrome vertiginoso, deshidratación moderada a severa, vómitos y/o diarrea con deshidratación, crisis asmática, crisis hipertensiva, insuficiencia respiratoria severa o aguda, cólico nefro ureteral, angina de pecho, arritmia cardiaca, infarto del miocardio, convulsiones, estados de shock y coma, retención aguda de orina, apendicitis, trombosis aguda, intoxicación aguda, accidente cerebro-vascular, hemorragias, abdomen agudo, fiebre alta en menores de 5 años de edad, cuerpo extraño en ojos, oídos, nariz o garganta, reacciones alérgicas agudas por picaduras de insectos o de reptiles, medicamentosas y alimentarias (shock anafiláctico) mordeduras de animales.Cualquier otra atención médica diferente a las mencionadas en este punto, no será considerada dentro de la cobertura de Urgencias por Enfermedad Critico Detallada. Esta cobertura tiene un límite por evento de $400.00 por cargos elegibles, con un copago de $40.00 por evento.Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad y/o sus complicaciones.
Cubre los servicios hospitalarios y honorarios médicos de procedimientos quirúrgicos contemplados en las especialidades cubiertas en el Plan Salud a Tu Alcance, que no requieren de hospitalización y que son realizados en un hospital, clínica o centro de cirugía ambulatoria autorizados para tal fin dentro de la Red de Proveedores de Salud SURA. Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad o sus complicaciones al igual que parto o cesárea y sus complicaciones.Esta cobertura tiene un Límite Máximo Anual Renovable de $10,000.00 con un copago único de $100.00 por evento, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.
Cubre los servicios hospitalarios y honorarios médicos de hospitalizaciones contempladas en las especialidades cubiertas en el Plan de Salud a tu Alcance, y que son realizados en un hospital o clínica autorizado para tal fin dentro de la Red de Proveedores de Salud SURA. Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad o sus complicaciones al igual que parto o cesárea y sus complicaciones. Esta cobertura tiene un periodo de espera de 6 meses a partir de la vigencia de cada asegurado en la póliza.Esta cobertura tiene un Límite Máximo Anual Renovable de $15,000.00 con un copago único de $200.00 por evento, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.
Esta cobertura cubre únicamente los exámenes de resonancia magnética nuclear (RMN) y tomografía axial computarizada (TAC). Esta cobertura tiene un coaseguro de 20%, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.
Urgencia odontológica
Cubre tus emergencias odontológicas y de prevención bucal. Te será útil cuando tengas una urgencia dental inesperada como: un dolor agudo de muela, inflamación, sangrado bucodental o un diente fracturado accidentalmente.
Mensual: $0.76
Anual: $9.12
Asistencia funeraria individual
SURA te acompaña en los trámites legales y coordinación de servicios funerarios en caso de muerte por enfermedad, accidentes o vejez.
Mensual: $0.44
Anual: $5.28
Muerte accidental
A través de esta cobertura se indemnizará a los beneficiarios descritos ante fallecimiento del asegurado por accidente.
Muerte accidental
$5,000.00
Adelanto de gastos funerarios
$2,000.00
Mensual: $0.70 Anual: $8.40
Renta diaria por hospitalización por accidente
Siempre que la causa fuere un accidente, no preexistente, cubierto bajo esta póliza, se cubrirá una renta diaria por hospitalización. Se contarán las noches en que el Asegurado duerme en el hospital para la indemnización correspondiente, luego de haber aplicado el deducible indicado en las Condiciones Particulares, así como el monto diario de dicha renta. La cobertura maxima es de sesenta (60) dias maximos al año, continuos o no.