Nuestro Seguro Construcción Todo Riesgo te entrega el respaldo económico que necesitas para solventar las eventualidades que afecten la continuidad y ejecución de tus obras de construcción.
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¿Qué es un Seguro de Construcción todo Riesgo?
En SURA nos encargamos de asegurar la ejecución de tus proyectos, permitiéndote ya sea como empresario o contratista acceder a una protección especial frente a los riesgos e imprevistos que conlleva una obra de construcción, tanto en edificaciones y carreteras, como en obras civiles de mayor complejidad.
Te damos respaldo económico para solventar las eventualidades que impactan o afectan la continuidad de tus proyectos, en caso de inundaciones, deslizamientos del terreno, actos malintencionados, hurto, incendio, entre otros, con el objetivo de asegurar su finalización y entrega oportuna.
Proyección
Te brindamos acompañamiento y asesorías profesionales en temas de talento humano, mercadeo, riesgos, documentación, finanzas, legal y tecnología a través de Empresas SURA.
Gestión de Riesgo
Un Seguro Construcción Todo Riesgo te ofrece coberturas adicionales que te permite mediante asesorías, visitas de seguimiento y recomendaciones de obra gestionar los daños que se presenten al interior del proyecto, así como los riesgos que puede sufrir tu equipo y maquinaria de construcción.
¿Qué cubre un Seguro Construcción Todo Riesgo?
Coberturas Principales
Al contratar la póliza de Seguro Construcción Todo Riesgo, te proteges contra los posibles daños materiales que puedan afectar tu obra de construcción:
Daños a la obra derivados de incendio, explosión y rayo.
Robo con forzamiento.
Impericia o negligencia y actos malintencionados.
Coberturas Adicionales
Protege tus proyectos frente a múltiples riesgos. Te asesoramos para que cada pieza encaje a la perfección, por eso, te brindamos nuestras coberturas adicionales:
Terremoto, temblor y erupción volcánica.
Inundación.
Responsabilidad Civil.
Mantenimiento.
Remoción de escombros.
Riesgos de diseño.
Cobertura de vibraciones.
Almacenaje de materiales de construcción.
¿Qué no cubre el Seguro Construcción todo Riesgo?
Todos los daños ocasionados por las siguientes causas quedarán excluidos de tu seguro:
Dolo o imprudencia manifiesta.
Huelga o rebelión.
Lucro cesante, demora, paralización del trabajo total o parcial.
Sanciones, multas o penalidades impuestas debido a incumplimientos.
Trabajos subterráneos.
Contaminación.
Defectos estéticos.
¿Quién se puede asegurar?
Con nuestro Seguro Construcción Todo Riesgo podrás asegurar bienes que se encuentren en construcción como edificaciones (viviendas, oficinas, bodegas, centros comerciales) u obras de infraestructura (puentes, túneles, carreteras, puertos, estadios, aeropuertos, hidroeléctricas).
Así mismo, tu empresa deberá estar radicada en Panamá, con permisos de funcionamiento vigentes y que desees respaldar de acuerdo con las políticas de suscripción de Seguros SURA.
Beneficios de un Seguro Construcción Todo Riesgo
Continuidad de obra
Te damos respaldo económico para solventar las eventualidades que impactan o afectan la continuidad de tus proyectos, en caso de inundaciones, deslizamientos del terreno, actos malintencionados, hurto, incendio, entre otros, con el objetivo de asegurar su finalización y entrega oportuna.
Beneficios de un Seguro Construcción Todo Riesgo
Proyección
Te brindamos acompañamiento y asesorías profesionales en temas de talento humano, mercadeo, riesgos, documentación, finanzas, legal y tecnología a través de Empresas SURA.
Beneficios de un Seguro Construcción Todo Riesgo
Gestión de riesgos
Un Seguro Construcción Todo Riesgo te ofrece coberturas adicionales que te permite mediante asesorías, visitas de seguimiento y recomendaciones de obra gestionar los daños que se presenten al interior del proyecto, así como los riesgos que puede sufrir tu equipo y maquinaria de construcción.
Requisitos para Seguro Construcción Todo Riesgo
Para adquirir tu Seguro de Montaje Todo Riesgo, requerimos la siguiente información:
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¿Por qué contratar un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor?
Garantiza el saldo de las deudas de tus clientes.
Evita a tu cliente dejar sus cuentas por pagar ante un accidente o enfermedad grave, garantizando la seguridad de las personas que más quiere.
Indemnizamos a los beneficiarios con el excedente que quedó al pagar el saldo de sus deudas.
Primas más económicas que un seguro de vida individual.
La prima de este seguro no varía durante la vigencia del préstamo.
Manejo con declaraciones mensuales.
Pago del seguro dentro de la letra del préstamo.
¿Quién es el beneficiario en un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor?
Un beneficiario son las personas que se eligen para recibir la indemnización de una póliza de Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor en caso de ocurrir un siniestro. Los ingresos del pago podrán ser utilizados por los beneficiarios para solventar los gastos financieros frente a una calamidad, como los servicios funerarios y otros gastos en caso de tu fallecimiento, entre otros. Además, ante un evento inesperado responderemos por tus gastos diarios, como el pago de dividendos, arriendo o el cuidado de tus hijos.
¿Qué es una prima de un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor?
La prima de un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor son los pagos mensuales o cuotas que se deben cancelar durante la vigencia de la póliza. A cambio de esta prima, en SURA nos comprometemos con la indemnización en caso de ocurrir un suceso que haga parte de las coberturas de tu póliza, dentro de los límites pactados.
El valor o precio de la prima de un seguro colectivo de vida saldo deudor puede variar, puesto que el cálculo del valor depende de diversos factores, como:
El riesgo que asume la compañía.
El tiempo del contrato.
La probabilidad de que suceda un siniestro.
La ubicación geográfica.
Las características personales de las personas aseguradas.
¿Qué es el periodo de gracia de un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor?
El periodo de gracia en un Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor es un “colchón financiero” ante el retraso de una de las cuotas mensuales. En SURA ofrecemos un período de gracia alrededor de 30 o 31 días, en donde nos comprometemos a mantener vigente las coberturas de la póliza, siempre y cuando se pague la cantidad adeudada dentro del tiempo de duración de este.
En caso de que sea un fallecimiento, los beneficiarios recibirán la indemnización de la póliza, menos el dinero que no fue cancelado a tiempo.
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Se reconocerá como Urgencia por Accidente únicamente los diagnósticos que se detallan a continuación: quemaduras, heridas cortantes, corto punzantes, contusas y por armas de fuego, fracturas, luxaciones, esguinces y trauma craneoencefálico.Cualquier otra atención médica diferente a la mencionada en este punto, no será considerada dentro de la cobertura de Urgencias por Accidente. Esta cobertura tiene un límite por evento de $400.00 por cargos elegibles, sin copago.
Se reconocerá como Urgencia Critica Detallada los diagnósticos y/o síntomas que se detallan a continuación: Pérdida del conocimiento, obnubilación o desvanecimiento, lipotimia, síndrome vertiginoso, deshidratación moderada a severa, vómitos y/o diarrea con deshidratación, crisis asmática, crisis hipertensiva, insuficiencia respiratoria severa o aguda, cólico nefro ureteral, angina de pecho, arritmia cardiaca, infarto del miocardio, convulsiones, estados de shock y coma, retención aguda de orina, apendicitis, trombosis aguda, intoxicación aguda, accidente cerebro-vascular, hemorragias, abdomen agudo, fiebre alta en menores de 5 años de edad, cuerpo extraño en ojos, oídos, nariz o garganta, reacciones alérgicas agudas por picaduras de insectos o de reptiles, medicamentosas y alimentarias (shock anafiláctico) mordeduras de animales.Cualquier otra atención médica diferente a las mencionadas en este punto, no será considerada dentro de la cobertura de Urgencias por Enfermedad Critico Detallada. Esta cobertura tiene un límite por evento de $400.00 por cargos elegibles, con un copago de $40.00 por evento.Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad y/o sus complicaciones.
Cubre los servicios hospitalarios y honorarios médicos de procedimientos quirúrgicos contemplados en las especialidades cubiertas en el Plan Salud a Tu Alcance, que no requieren de hospitalización y que son realizados en un hospital, clínica o centro de cirugía ambulatoria autorizados para tal fin dentro de la Red de Proveedores de Salud SURA. Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad o sus complicaciones al igual que parto o cesárea y sus complicaciones.Esta cobertura tiene un Límite Máximo Anual Renovable de $10,000.00 con un copago único de $100.00 por evento, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.
Cubre los servicios hospitalarios y honorarios médicos de hospitalizaciones contempladas en las especialidades cubiertas en el Plan de Salud a tu Alcance, y que son realizados en un hospital o clínica autorizado para tal fin dentro de la Red de Proveedores de Salud SURA. Se excluye de esta cobertura opcional atenciones por maternidad o sus complicaciones al igual que parto o cesárea y sus complicaciones. Esta cobertura tiene un periodo de espera de 6 meses a partir de la vigencia de cada asegurado en la póliza.Esta cobertura tiene un Límite Máximo Anual Renovable de $15,000.00 con un copago único de $200.00 por evento, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.
Esta cobertura cubre únicamente los exámenes de resonancia magnética nuclear (RMN) y tomografía axial computarizada (TAC). Esta cobertura tiene un coaseguro de 20%, siempre que se utilicen los Proveedores de la Red de Salud de SURA.
Urgencia odontológica
Cubre tus emergencias odontológicas y de prevención bucal. Te será útil cuando tengas una urgencia dental inesperada como: un dolor agudo de muela, inflamación, sangrado bucodental o un diente fracturado accidentalmente.
Mensual: $0.76
Anual: $9.12
Asistencia funeraria individual
SURA te acompaña en los trámites legales y coordinación de servicios funerarios en caso de muerte por enfermedad, accidentes o vejez.
Mensual: $0.44
Anual: $5.28
Muerte accidental
A través de esta cobertura se indemnizará a los beneficiarios descritos ante fallecimiento del asegurado por accidente.
Muerte accidental
$5,000.00
Adelanto de gastos funerarios
$2,000.00
Mensual: $0.70 Anual: $8.40
Renta diaria por hospitalización por accidente
Siempre que la causa fuere un accidente, no preexistente, cubierto bajo esta póliza, se cubrirá una renta diaria por hospitalización. Se contarán las noches en que el Asegurado duerme en el hospital para la indemnización correspondiente, luego de haber aplicado el deducible indicado en las Condiciones Particulares, así como el monto diario de dicha renta. La cobertura maxima es de sesenta (60) dias maximos al año, continuos o no.